Carta del rey Felipe II al obispo de Guadix Fr. Julián Ramírez Díaz sobre excesos en las iglesias en los días de Semana Santa. Año 1575

Carta del rey Felipe II al obispo de Guadix Fr. Julián Ramírez Díaz sobre excesos en las iglesias en los días de Semana Santa

La relajación de las normas que la Iglesia Católica iba dando a los fieles sobre la compostura debida en los templos, ermitas y lugares sagrados ha sido constante a través de su historia. Los obispos se veían en la necesidad de introducir constituciones en los Sínodos diocesanos para corregir los excesos que se cometían en estos lugares sacros. En 1412 el obispo de Burgos D. Juan Cabeza de Baca entre las leyes sinodales dio una para corregir el “ambiente poco decoroso” que reinaba en las vigilias que se celebraban en las iglesias: “Otro sí habemos sabido que en algunas iglesias e monasterios acostumbran de y de noche tener vigilias e velando de noche fazen bayles, dizen cantares deshonestos y pasan otras deshonestidades que no son de decir”

En una de las Constituciones del Sínodo de la diócesis de Badajoz celebrado en 1500 y publicadas por el obispo D. Alonso Manrique de Lara se dice que “en las iglesias no se hagan danzas, ni vigilias,-excepto el Jueves Santo-, ni deshonestidades, ni se junten a comer, ni jueguen, ni vendan, ni pregonen cosas profanas”
En el Título 4º, Constitución III del Sínodo de la diócesis de Guadix y Baza celebrado por el obispo D. Martín de Ayala en 1554 éste manifiesta: “Muchos desórdenes hemos visto en las iglesias por causa de los que en ellas se retraen,- se acogen a la inmunidad eclesiástica-, por delitos, porque ordinariamente estando en las iglesias hay juegos y vihuelas, bailes y otras cosas peores…” Ante esta situación manda que ningún retraído meta mujer de noche en tiempo ni lugar sospechoso ni para estar con ella solo en ninguna parte que se pueda suponer deshonestidad, aunque sea su propia mujer…”
En el Título 6º, Constitución XX expone: “Porque hemos visto en nuestra diócesis malos ejemplos y escándalos que suelen acaecer en las vigilias constituimos que ninguno de nuestros súbditos hombre ni mujer vaya a velar de noche ni después de la oración a ninguna iglesia, monasterio o ermita, excepto la vigilia de la noche del Nacimiento de Jesús, la de la Cena del Jueves Santo y la madrugada de Resurrección…”
Hasta el rey Felipe II han llegado informaciones sobre abusos que se están cometiendo en las iglesias del obispado de Guadix y Baza durante los días de Semana Santa, viéndose en la obligación de escribirle al obispo, para que ponga remedio a estos males, en estos términos:

“Hemos sido informado que en los días de la Semana Santa en que con mayor respeto, devoción y reverencia se ha de estar y asistir en las iglesias y templos a las misas, procesiones, sermones y otros divinos oficios que en ellas se dicen y celebran, suele haber mayores excesos con los que Dios Ntro. Sr. es más gravemente ofendido, por lo que para vigilar y evitar estos pecados y excesos se os encarga que nos enviéis una relación, con vuestro parecer, sobre las cosas que veis para que se pueda tomar la resolución que convenga. Os encargamos mucho que para esta Semana Santa ordenéis y dispongáis que en las iglesias nadie se siente de ninguna manera, que ni el Jueves ni Viernes Santo haya comidas, meriendas ni colaciones en las sacristías y tribunas y que la noche del Jueves Santo no esté oscura para que no se puedan justificar los excesos e incorrecciones, así mismo debéis comisionar y nombrar personas eclesiásticas y seglares de buen celo y espíritu que vigilen para que no haya excesos ni deshonestidades en las iglesias y para que no consientan que haya en ellas mujeres embozadas ni tapadas y que si algunas quisieran estar y asistir acompañando los monumentos donde está el Santísimo Sacramento lo hagan con el rostro descubierto y que así mismo ordenéis a los curas que visiten sus iglesia la noche del Jueves Santo para que no haya en ella ningún exceso ni desorden y como para que se lleven a efecto estas órdenes necesitaréis el auxilio de la justicia seglar daréis cuenta de esta carta a los Corregidores y justicias de la ciudad y de los demás pueblos de vuestra diócesis para que cada uno en su jurisdicción os den a Vos y a vuestros ministros y a las personas eclesiásticas la ayuda que pidieren y fuera necesaria para el cumplimiento y buena ejecución de lo mandado y que si fuera necesario enviar algunos alguaciles para que en las iglesias y monasterios y hospitales haya mayor seguridad la noche del Jueves Santo para evitar los excesos damos comisión y facultad a los Corregidores y Justicias para que los puedan enviar en el número que les pareciere, advirtiendo que sean personas de confianza y rectitud y que así mismo dispongan y ordenen que los días y noches de Semana Santa no se consienta vender de ninguna manera en las puertas de las iglesias ni en las calles y lugares donde ordinariamente no suelen ni acostumbran vender, golosinas, confituras, conservas y otras comidas gustosas.

N.A.: Para una mejor comprensión del texto he cambiado algunos giros y palabras.

Autor: José Rivera Tubilla
Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Guadix

2 comentarios en «Carta del rey Felipe II al obispo de Guadix Fr. Julián Ramírez Díaz sobre excesos en las iglesias en los días de Semana Santa. Año 1575»

  1. La carta que mandó el Rey vino a ser una manifestación más del estado en que se encontraba la diócesis, cuyo máximo pastor, el obispo fray Julián Ramírez, mantuvo una conducta escandalosa por la que un año después sería procesado por tener vida marital con la abadesa del monasterio de la Concepción, de la que hubo dos hijos.

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    • buenos dias. Quisiera saber domde puedo obtener mas informacion de Fray Julian Ramirez ya que estoy haciendo un arbol genealogico de mi familia y hay un Julian Ramirez Diaz y una leyenda de la que siempre nos hemos reido , que teniamos un abuelo obispo.
      Le agradeceria su ayuda . Un Saludo.

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