Antonio Pablo Honrubia y Rus nació en Úbeda (Jaén) el 25 de Enero del año de 1.786. Desde temprana edad sintió inclinación por la música y sus padres lo enviaron al convento de Agustinos Calzados de Cádiz del que llegó a ser Maestro de Capilla y organista. Colgó los hábitos agustinos y se volvió a su pueblo natal siendo aquí discípulo del Maestro Capilla de la colegiata de Santa María de Úbeda, Rodríguez Lloveras, que lo educó en el gusto por los músicos italianos Pergolesi y Cimarosa.
Isabel II
DESAVENENCIAS DEL JUEZ DE 1ª INSTANCIA CON EL CABILDO CATEDRALICIO POR PROBLEMAS DE PROTOCOLO. AÑO 1864
Las relaciones entres las Instituciones religiosas y civiles siempre se han regido por ciertas reglas establecidas por decreto o por costumbre que se practicaban cuando eran invitadas a asistir a ceremonias oficiales o en el simple trato social. Esto es lo que conocemos como el protocolo. En general este término se usa, en lo relativo a las relaciones humanas, para describir el conjunto de conductas y normas que se deben conocer, respetar y cumplir no sólo en el medio oficial ya establecido, sino también en el medio social, laboral, académico, político, cultural y militar.
Manifiesto de S. M. la Reina Gobernadora Mª Cristina de Borbón-Dos Sicilias enviado al Cabildo de la catedral de Guadix para su conocimiento. Año 1833
Al subir al trono de España el rey Felipe V hizo promulgar la Ley Sálica por la que las mujeres sólo podrían heredar el trono en el caso de que no hubiera herederos varones en la línea principal,-hijos-, o lateral,-hermanos y sobrinos.
El rey Carlos IV hizo aprobar a las Cortes en 1789 una disposición para derogar la ley y volver a las normas de sucesión establecidas por el código de las Partidas. Sin embargo, la Pragmática Sanción Real no llegó a publicarse hasta que su hijo Fernando VII la promulgó en 1830, desencadenando el conflicto dinástico que dio lugar a las Guerras Carlistas.