Fundación de una Caja de Crédito Popular en Cogollos de Guadix [Año 1910]
El año 1891 el papa León XIII publicó la encíclica «Rerum Novarum», uno de los documentos pontificios más importantes en la historia de la Iglesia, para dar doctrina ante la grave y acuciante «cuestión social» provocada por la revolución industrial y la introducción del sistema capitalista liberal, que había dejado en una situación de desamparo a amplios sectores de la sociedad, -obreros en las ciudades y proletarios o pequeños propietarios del campo-.
El Papa denunciaba la situación tomando una postura contundente: “el tiempo fue insensiblemente entregando a los obreros, aislados e indefensos, a la inhumanidad de los empresarios y a la desenfrenada codicia de los competidores.… no sólo la contratación del trabajo, sino también las relaciones comerciales de toda índole, se hallan sometidas al poder de unos pocos, hasta el punto de que un número sumamente reducido de opulentos y adinerados ha impuesto poco menos que el yugo de la esclavitud a una muchedumbre infinita de proletarios…[1]”, sin embargo “otros se dedican a encuadrar en eficaces organizaciones a los obreros, ayudándolos de palabra y de hecho y procurando que no les falte un trabajo honesto y productivo
[1] Rerum novarum nº 1
El año 1891 el papa León XIII publicó la encíclica «Rerum Novarum», uno de los documentos pontificios más importantes en la historia de la Iglesia, para dar doctrina ante la grave y acuciante «cuestión social» provocada por la revolución industrial y la introducción del sistema capitalista liberal, que había dejado en una situación de desamparo a amplios sectores de la sociedad, -obreros en las ciudades y proletarios o pequeños propietarios del campo-.
El Papa denunciaba la situación tomando una postura contundente: “el tiempo fue insensiblemente entregando a los obreros, aislados e indefensos, a la inhumanidad de los empresarios y a la desenfrenada codicia de los competidores.… no sólo la contratación del trabajo, sino también las relaciones comerciales de toda índole, se hallan sometidas al poder de unos pocos, hasta el punto de que un número sumamente reducido de opulentos y adinerados ha impuesto poco menos que el yugo de la esclavitud a una muchedumbre infinita de proletarios…[1]”, sin embargo “otros se dedican a encuadrar en eficaces organizaciones a los obreros, ayudándolos de palabra y de hecho y procurando que no les falte un trabajo honesto y productivo.
Los obispos suman su entusiasmo y prodigan su protección y otros muchos eclesiásticos, bajo su autoridad y dependencia, cuidan celosamente del cultivo del espíritu en los asociados. Tampoco faltan católicos que, uniéndose voluntariamente a los asalariados, se esfuerzan en fundar y propagar estas asociaciones con su generosa aportación económica y con ayuda de las cuales pueden los obreros fácilmente procurarse no sólo los bienes presentes, sino también asegurarse con su trabajo un honesto descanso futuro[2]”.
La doctrina de la “Rerum novarum” sirvió para dar nuevo auge en España a instituciones que ya venían funcionando como los Círculos Católicos de Obreros, Patronatos Obreros, Centros Obreros u otros análogos que desempeñaron una importante labor social, religiosa, cultural y económica. La labor económica de algunos Círculos Católicos de Obreros se plasmó en la creación de Cajas Rurales que pudieran no sólo facilitar créditos a sus asociados a un interés módico sino también financiar el desarrollo agrario.
En los primeros años del siglo XX, a partir de la ley de Sindicatos Agrarios de Enero de 1906, se desarrolló en España un extenso movimiento sindical de signo católico-agrario cuyos fines no eran reivindicativos, sino para defender los intereses de sus asociados desde el punto de vista benéfico-social, cooperativo y mutualista.
Aquella primera ley de sindicación agraria, recibida con entusiasmo por los católicos, supondrá la mejor base legal para una concepción sindical ajena y enemiga de la lucha de clases, preocupada más bien por la solución de la cuestión social y que estaba imbuida de inspiración religiosa.
La acción sindical de hecho se constituía como opción cooperativista según constaba en sus objetivos fundacionales: adquisición de aperos, máquinas y ejemplares reproductores, abonos, plantas y semillas; venta, elaboración y mejora de productos agrícolas o ganaderos; roturación de tierras incultas y remedios a plagas del campo.
Al mismo tiempo tomó fuerza el movimiento cooperativista para la defensa de sus integrantes en el rango económico y social como medio para lograr que los productores y consumidores, integrados en asociaciones voluntarias denominadas cooperativas, obtuvieran un beneficio mayor para la satisfacción de necesidades.
Los principios organizativos del movimiento cooperativo se fundamentaban en valores éticos universales de cooperación y responsabilidad: Ayuda mutua, esfuerzo propio para alcanzar las metas previstas, la responsabilidad como compromiso moral con los asociados, toma de de decisiones colectivas, igualdad de deberes y derechos de los cooperativistas, justa distribución de los excedentes entre sus miembros y solidaridad a la hora de buscar la solución de problemas de los asociados, la familia y la comunidad.
El 20 de Febrero de 1911 el obispo de la diócesis de Guadix D. Timoteo Hernández Mula, después de haber visto y examinado los Estatutos de la Caja de Crédito Popular de responsabilidad solidaria ilimitada, que se trataba de fundar en Cogollos de Guadix, los aprobó y los autorizó para que se pusieran en práctica, considerando que “nada contienen contrario a la doctrina católica y moral cristiana, antes bien son conformes al espíritu de la Iglesia que desea se funden asociaciones benéficas y rurales para el bien de los labradores y de los pueblos y atendiendo también a que con esta Asociación y Caja se favorece a los que necesitan tomar algún préstamo para las operaciones agrícolas”[3]
Se constituía así la Asociación cooperativa “La Inmaculada Concepción” de carácter benéfico para obreros y labradores con la denominación de “Sindicato-Caja de Crédito Popular”[4] cuyo objetivo era el progreso religioso, moral y económico de sus socios mediante las operaciones de crédito, excluyéndose todo fin político (Art. 1 y 2)
Para pertenecer a la Asociación era necesario, entre otras cosas, tener buena conducta moral y religiosa, ser obrero o dedicarse al cultivo de la tierra (Art. 3)
Los socios tenían derecho a obtener los préstamos, sólo para atenciones del trabajo industrial o agrícola, del Banco Popular de León XIII, fundado por Claudio López Brú, 2º Marqués de Comillas, a través de la Caja de Crédito Popular de responsabilidad solidaria ilimitada, lo que quería decir que todos tenían que responder de las obligaciones sociales en forma solidaria,-hacer frente a sus compromisos-, e ilimitada, – no solo comprometía el aporte entregado a la sociedad, sino también sus bienes particulares (Ar. 5º)
El capital social lo constituían los anticipos de la Banca o de personas pudientes, los anticipos de los socios, el fondo de reserva de la Caja o la diferencia entre el interés activo y pasivo de la Sociedad y las donaciones de los socios o testamentarías de personas caritativas (Art. 7º)
El consiliario de la Asociación sería un sacerdote de la localidad, nombrado por el Obispo, que además de tener los derechos de cualquier socio tendría que preocuparse por el fomento religioso y moral de la sociedad y en caso de propuestas contrarias a la religión y buenas costumbres tendría derecho de veto, además de asistir con voz y voto, como consejero nato, a las sesiones generales y del consejo. El consiliario abría las Asambleas Generales con las preces (Art. 13)
En su disposición final los socios se comprometían a proteger los intereses morales y materiales de los obreros que trabajaran a sus órdenes.
Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Guadix
Autor: José Rivera Tubilla
[1] Rerum novarum nº 1
[2] Rerum novarum nº 38
[3] Archivo Histórico Diocesano de Guadix. Caja 1018. Documento nº 8
[4] El profesor Manuel Jaramillo Cervilla en su trabajo “Círculos Católicos de Obreros y Sindicatos Agrarios Católicos en la diócesis de Guadix-Baza” publicado en “El Anuario de Investigaciones” de HESPÉRIDES, volumen XII (2004), pág 213, presenta los Estatutos del Sindicato Agrario de Cogollos, que según sus investigaciones vio la luz el 24 de Octubre de 1910. Los Estatutos sobre los que he realizado este trabajo tienen fecha de 5 de Diciembre de 1910 y fueron aprobados el 20 de Febrero de 1911.
Ahora mismo, estamos los delegados de la CAC León XIII de Trujillo, librando una cruzada por la vigencia de los derechos de los socios, la protección de sus intereses; recuperar los fundamentos del cooperativismo es vital en las circunstancias actuales, por lo que este artículo me sirve mucho. Gracias.