El matrimonio Sánchez Redondo advierte a la Junta que puede estar incurriendo en prevaricación con el asunto de las Minas de Alquife
El matrimonio de Níjar, Sres. Sánchez Ferre y Redondo Segura ponen en evidencia a la Delegada Territorial Doña Virginia Fernández de la Junta de Andalucía y le advierten que puede estar incurriendo en prevaricación con el asunto de las Minas de Alquife.
La Sociedad de Gananciales integrada por el matrimonio Sánchez-Ferre y Redondo Segura no sale de su asombro ante las manifestaciones efectuadas por la Delegada Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Granada de la Junta de Andalucía, Doña Viginia Fernández el pasado día 20 de abril.
En consecuencia, nos vemos en la obligación de salir al paso por los continuos mensajes interesados y que no recogen la realidad existente con la reapertura de la explotación minera sita en el Alquife y otros municipios limítrofes, así como su situación jurídica, mensajes que juegan con las ilusiones y esperanzas de toda una comarca que ha visto en el proyecto de las Minas de Alquife una esperanza a la situación de desempleo y subdesarrollo estructural que vive la zona desde hace años
A nuestro juicio, y en aras a la documentación en la que se basa el mismo, tanto la propia empresa como los dirigentes políticos de la comarca han contribuido de forma torticera en estos años a generar confusión entre la población cuando saben de sobra, que este proyecto no puede llevarse a cabo porque hay una serie de conflictos judiciales subyacentes que impiden su puesta en marcha. El Señor Sanchez Ferre y Señora Redondo Segura, confían en la justicia y deseamos que muy pronto nos dé la razón a todas nuestras reivindicaciones y restituya los derechos a la cita sociedad de gananciales, que una a una iremos detallando aquí y en lo sucesivo.
Impago de la compra-venta de parte de la mina
En marzo de 2008 la Sociedad de Gananciales representada por Manuel Sánchez Ferre y Carmen Redondo Segura vende una parte del conjunto minero de Alquife a tres empresas domiciliadas en Luxemburgo: Hispaimo AG, Rura Develop AG y & Lux Terra Develo AG por 14 millones de euros.
La venta se produce mediante tres escrituras independientes, pero con una cláusula resolutoria que las une y que se puede consultar en la demanda de resolución.
Textualmente dice: “La falta de pago del precio aplazado en el tiempo convenido dará lugar de pleno derecho a la resolución de esta compra venta; sin embargo, para que tenga lugar la resolución será preciso que la parte vendedora requiera fehacientemente de pago a la compradora por acta notarial, en su domicilio de Palma de Mallorca, con concesión de nuevo plazo de quince días, transcurrido el cual, si no consta el pago en la misa acta, se entenderá resuelta la compraventa, recuperando la parte vendedora la propiedad y la posesión de todas y cada una de las fincas transmitidas y perdiendo la parte compradora las cantidades entregadas a la vendedora en concepto de indemnización de daños y perjuicios”.
En diciembre de 2014, la empresa Hispaimo AG ya había satisfecho sus deudas con la Sociedad de Gananciales. No así las empresas Rura Develop AG & Lux Terra Develop AG que envían comunicación a la Sociedad de Gananciales mediante escrito con fecha de 23 de diciembre de 2014, firmado por su representante legal, el señor Jürn Hynnerk Fauteck. En dicho escrito, las dos empresas luxemburguesas que aún no han pagado, ponen de manifiesto que existen 8 pagarés con vencimiento a fecha 31-12-2014 por valor total de 3.500.000 € como pago aplazado de la compraventa llevada a cabo por las dos sociedades que no van a poder pagar. Según se explica, y así se puede atestiguar con la lectura del escrito: “Por diversas circunstancias ajenas a nuestra voluntad no va a ser posible atender el pago de los mismos”, entre dichas causas se argumenta la falta de liquidez.
Presentación de recursos y existencias de diversos procedimientos judiciales
Una vez, se tiene conocimiento por parte de la Sociedad de Gananciales que las empresas luxemburguesas no van a efectuar el pago y dejando pasar el plazo adicional de los quince días que explícitamente indica la cláusula resolutoria, la Sociedad de Gananciales decide presentar la demanda incidental de resolución contractual en marzo de 2015 en los juzgados de Palma de Mallorca, por ser estos juzgados los del domicilio en España de dichas mercantiles. Sin embargo, a través de varios autos, el juzgado de Palma de Mallorca se declara incompetente sobre la materia y envía la causa al juzgado 1 de lo mercantil de Almería que finalmente es el órgano jurisdiccional que está conociendo del asunto. Se espera que en los próximos meses se vaya avanzando sobre este asunto.
Puntualizando dos extremos de gran relevancia. Por un lado, entre las fincas que se reclaman la recuperación de la posesión en vía judicial, están las que se sitúan las citadas balsas, localizándose en ella los lodos ferruginosos objeto de las recientes publicaciones periodística de diversos medios de comunicación.
Por otro, en la venta de las fincas donde se situaba la explotación minera de Alquife, la cual se pretende la reapertura en la actualidad, nunca se procedió a transmitir los lodos ferruginosos, que ahora pretende explotar la compañía Minas de Alquife, siendo esta propiedad de la Sociedad de Gananciales. –Sr. Sánchez Ferre y Sra. Redondo Segura.-
Del mismo modo, se han presentado diversos recursos ante la Administración de la Junta de Andalucía ante las diferentes resoluciones que ha emitido, esta en relación con Minas de Alquife, en defensa de los intereses de Don Manuel Sánchez Ferre y Doña Carmen Redondo Segura. Ante estas la Administración autonómica ha ninguneado los derechos del matrimonio, por ello, existen diversos procedimientos Contenciosos-Administrativo en defensa de los intereses de la Sociedad de Gananciales.
Letra pequeña de la autorización de la transmisión de las concesiones administrativas mineras y de la autorización unificada medioambiental
Las recientes publicaciones periodísticas sobre la autorización para la recuperación de los lodos ferruginosos, así como la aprobación del plan de labores para el 2021, recogen afirmación de la Delegada Territorial de Industria de la Junta de Andalucía, en la que dice que: “es posible desarrollar plenamente los trabajos en todo el yacimiento minero, aunque esta actividad propiamente dicha ya vienen realizándose desde hace dos años con las primeras extracciones de hierro, 23 años después del cierre de la mina”.
Debemos de hace hincapié en el “posible” que recoge lo afirmado por la Delegada, pues no deja de ser una posibilidad, pues nada más lejos de la realidad, se expresa que desde hace dos años se esta realizando actividades en el yacimiento.
No deja de ser una pantomima lo realizado hace ya dos veranos, pues no alcanzo la actividad a los dos meses desde de la difusión amplia de la noticia de la “primera voladura en Minas de Alquife” desde el cierre de las minas.
Ante esto nos permitimos la licencia para decir que fue mover tierra de un lado a otro para hacer visible lo comprometido y demás requisitos con la Junta de Andalucía y así mantener las concesiones mineras. Viendo algo más de movimiento desde diciembre, pero solo están trabajando algo más de dos camiones de cantera y otras dos máquinas.
Pero lo que aquí interesa, como ya hemos expuesto, la propiedad de los lodos es del Señor Sánchez Ferre y la Señora Redondo Segura, sin perder de vista el procedimiento para recuperar la posesión por impago de los compradores.
Este “pequeño” detalle que es obviado, tiene un gran impacto, puesto que las autorizaciones concedidas para la transmisión de las concesiones como la Autorización Unificada Medioambiental contienen sendas clausulas que expresa literalmente: “sin perjuicios de terceros y dejando a salvo otros derechos que pudieran corresponder a otros por sentencia judicial firme”.
Esto es, para que se entienda, la Administración emite esta autorización, para poder explotar, pero no es una patente de corso que habilite a la explotadora a extraer los lodos, sino que puede realizar. Sin embargo, la propiedad civil de aquellos no es de la explotadora, sino de la sociedad de gananciales formada por el Señor Sánchez Ferre y la Señora Redondo Segura.
Por lo que habrá de llegar a un acuerdo con ellos para su explotación o ser objeto de una expropiación, como el supuesto procedimiento expropiatorio, que en el mes de julio de 2016, la empresa Minas de Alquife S.L.U. a través de su representante Jürn Hynnerk Fauteck, presentó un escrito en la Delegación Provincial de Granada de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía donde: “Solicita inicio del procedimiento expropiatorio de las fincas que se relacionan en un documento adjunto, que se consideran necesarias para el desarrollo del proyecto de explotación, al verse afectadas directa o indirectamente por el mismo”.
Continúa el escrito diciendo que: “Las incidencias en la posesión podrían resultar de la pretensión de su anterior titular, don Manuel Sánchez Ferre, de resolver el contrato de compraventa que en su día suscribieron con las sociedades de Luxemburgo, siendo notorio la imposibilidad de llegar a un acuerdo con el mismo, pues está personado en todos los procedimientos en los que tiene interés esta sociedad…”. Procedimiento que pudo resultar en un posible fraude de no ser renunciado por la propia sociedad solicitante.
Malestar social y oposición a la carga de mineral por los puertos almerienses
Por último, se expresa que la primera exportación de mineral es inminente y será por los puertos de Almeria, Motril y Málaga. A este respecto
no se puede obviar la oposición social y tramites iniciados por diversas plataformas cívicas y municipios para oponerse al embarque por el puerto de Carboneras, que no van a permitir que el polvo rojo de mineral se extienda por sus municipios.
De igual manera, dado que, para poder llegar al puerto de Málaga, habrá de atravesar el municipio de Málaga capital o para llegar por al puerto de Motril deberán de cruzar los camiones cargados de mineral el Puerto de Montaña de la Mora y la circunvalación de Granada capital. Cuestiones últimas que pueden terminar en conflicto y malestar social.
En conclusión, “ni es todo oro, lo que reluce”, “ni se puede juzgar un libro por la portada”, hay muchos flecos por dilucidar y actuaciones que realizar al respecto. No pudiendo aventurarse tan a la ligera estas cuestiones, sobre todo cuando la totalidad de las Resoluciones Administrativas están recurridas, además de otros procedimientos judiciales que están en marcha.
Pues estas afirmaciones y declaraciones vertidas, tan ampliamente difundidas, muestran una profunda ignorancia sobre este tema o a una intención oscura y oculta de querer sacar adelante el proyecto a cualquier precio, sin tener en cuenta las posibles consecuencias jurídicas que se puedan derivar de los procedimientos judiciales que ahora mismo hay abiertos.