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En 1.825 ya un médico hablaba de las propiedades curativas de los Baños de Graena

AÑO 1825. INFORME DE UN MÉDICO DE GUADIX ALABANDO LAS EXCELENTES PROPIEDADES CURATIVAS DE LAS AGUAS TERMALES DE LOS BAÑOS DE GRAENA.

En el pueblo de Baños de Graena se encuentra un balneario de aguas termales curativas que han sido utilizadas desde el tiempo de los árabes. El famoso viajero alemán Jerónimo Münzer describía estos baños como “termas abundantes de agua saludable y clarísima”. 

En el s. XVIII el coronel de los Reales Ejércitos y Gobernador Militar y Político de Orihuela D. Pedro de Piédrola y Narváez, descendiente de la nobleza accitana, fundó una Obra Pía en los Baños de Graena con el fin de acoger, en unas cuevas que se construyeron junto a los baños, a los enfermos pobres que necesitaran tomar los baños para su curación.

Para poder beneficiarse de esta Obra Pía se debían cumplir dos requisitos: primero que un médico extendiera un certificado médico en el que prescribiera la necesidad de tomar los baños para curarse y segundo un certificado en el que se justificara ser pobre de solemnidad.

El documento que transcribo a continuación es un certificado de un médico de Guadix prescribiendo a una religiosa del convento de Sta. Clara (clarisas) de Guadix la necesidad que tenía de que tomara los baños en Graena para curar su enfermedad.

“D. José Hernández de Sierra como profesor de medicina residente en esta ciudad de Guadix

Certifico que he dispuesto el uso de los baños de Graena a la Madre Dolores de Torres, religiosa en el convento de Sta. Clara de esta ciudad, tanto por estar padeciendo dolores reumáticos, como por la poca acción que existe en las partes que constituyen su vida orgánica; conformándome en esto con la práctica que han seguido otros varios profesores de medicina que han existido en esta ciudad, y por habérmelo acreditado también mi experiencia en el tiempo que asisto a esta enferma.

Siendo los baños de Graena uno de los mejores medios que se conocen en estos pueblos para curar, o al menos moderar, en su mayor parte, los ataques reumáticos, padeciéndolos esta enferma, claro está que deben emplearse en su curación; y como estas aguas gozan de la propiedad de dar acción a las fibras del cuerpo viviente, con su uso, puede aumentarse la falta que hay de ella (de acción) en su vida orgánica, no solamente resultan estos beneficios, pues como son tan íntimas las relaciones entre la vida orgánica o vegetativa y la vida animal o de relación, excitándose ésta con nuevas sensaciones, debe excitarse también la otra, y así las diversas funciones intelectuales que deben verificarse, las diversas impresiones por la respiración y todos los sentidos, la variedad de aire y alimentos, la locomoción o ejercicio, circunstancia que considero tan precisa y necesaria, como los mismos baños, todo, todo debe contribuir a conseguir el fin que se desea.

Esta Sra. (se refiere a la madre Dolores) está padeciendo desde la edad de veintidós años, en que dio una funesta caída que la tuvieron y graduaron por mortal, de la que resultaron una infinidad de achaques nerviosos, siendo el más molesto las convulsiones que le atacaban sin cesar. Este tan fatal estado se hizo más penoso a los treinta y siete años de su edad en la que padeció las viruelas que le acometieron con el mayor rigor. Es muy notorio lo funesta que suele ser esta enfermedad eruptiva en muchas ocasiones, y, según mis observaciones, no me parece temerario el afirmar que su violencia (la de la enfermedad) está en razón directa de la edad del enfermo. Es constante que hasta esta época gozó la citada Sra de buena salud y desempeñó muy bien todos los cargos y trabajos como monja, pero luego que fue acometida de las insinuadas enfermedades, quedó sujeta a padecer muchas molestias que no tuvieron alivio hasta que usó los baños de Graena.

En el tiempo que yo dirijo a esta Sra sólo he podido conseguir que use los citados baños de Graena una sola vez y vi claramente sus buenos efectos, siendo menos molesto y más llevadero el invierno que siguió a ellos (se refiere a los baños), lo que no se ha observado en otro (invierno en que no los ha tomado); cuyas razones me han servido de apoyo para instarle a que los use antes del invierno venidero, ya que no lo pude conseguir en la primavera última, aún cuando hice mis esfuerzos para ello. Y para que conste lo firmo en Guadix a 23 de agosto de 1825”

Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Guadix

Autor: José Rivera Tubilla