[HISTORIA] AÑO 1835. ESCRITO DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA MUNICIPAL FORMADA PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CEMENTERIO DE GUADIX SOLICITANDO AL CABILDO DE LA CATEDRAL AYUDA ECONÓMICA PARA LEVANTAR UNA CERCA

Ha sido una tradición muy antigua enterrar a los muertos en el interior de las iglesias, bien en capillas costeadas a expensas de familias nobles, bien en criptas subterráneas o en nichos excavados en el suelo de la nave central para eclesiásticos o miembros de la realeza. Para el pueblo llano todas las parroquias contaban con un terreno anexo a la iglesia, el cementerio parroquial, en el que se enterraban a los difuntos de esa parroquia.

En marzo de 1781 se desencadenó en España una epidemia de peste que parece ser tuvo su origen en la parroquia de Pasajes, en Guipúzcoa, a causa de la gran cantidad de cadáveres que en ella había enterrados. Este hecho movió a Carlos III a promulgar en 1787 una Real Cédula por la que se suprimían los cementerios parroquiales y obligaba a la construcción de cementerios fuera de las ciudades en recintos alejados del núcleo urbano, aunque sin especificar si su jurisdicción era eclesiástica o municipal.
Hubo que esperar hasta 1833 en que se confeccionó un Reglamento que creaba una jurisdicción mixta eclesiástico-civil para los cementerios: el Municipio debía hacerse responsable de la construcción del nuevo recinto, mientras que su custodia quedaba en manos de las autoridades eclesiásticas.
En Guadix, el 11 de Julio de 1864, una comisión mixta formada por miembros del Ayuntamiento y de los Eclesiásticos aprobó, con el visto bueno del obispo D. Antonio Rafael Domínguez y Valdecañas, el “Reglamento para el régimen, policía, administración y fondos del Cementerio de esta ciudad de Guadix siendo Alcalde- Presidente D. Antonio Ruiz y Ruiz y Secretario D. Bernardino Asenjo.
Entre 1882-83 se legisló todo lo concerniente a las condiciones que debían reunir los cementerios municipales concluyéndose la reglamentación con la Real Orden de 18 de Julio de1888.
En el Archivo Histórico Diocesano de Guadix he encontrado un documento de 1835, tan sólo dos años después que se confeccionara un reglamento que creaba una jurisdicción mixta eclesiástico-civil, que nos aporta información sobre la construcción de la cerca del nuevo cementerio municipal que se hizo sobre un terreno que se escogió de forma provisional para enterrar a los miles de accitanos que murieron en la epidemia de cólera morbo de 1834.
Ilmo. Sr.
“Debiendo ser la primera y principal obra que ha de realizarse en el cementerio la cerca que preserve los restos de la humanidad de los asaltos de los animales carnívoros y de otro cualquier insulto que pretendiera hacérseles, acordó la Junta pasar a dicho cementerio con el perito público de alarife (maestro de obras), para medir el terreno y conferenciar sobre él con respecto a las cualidades de la obra. Así se verificó y no pudiendo dársele otra forma que la de un cuadrángulo rectángulo, se midió la extensión de la cerca o tapia que resultó ser de 335 varas (280 m.) y multiplicadas por cuatro y media varas (3,75 m.) que tiene que tener de alta hacen el total de 1.507 varas (1260 m2 ). Asimismo se reconoció la necesidad de construir un trozo de malecón o muro que defienda el cementerio de las avenidas de una rambla (Rambla de Zalacos) que linda por levante; e impuesto en la naturaleza y circunstancias de la obra el referido experto justipreció a seis reales cada vara de la cerca que importan toda la cerca 9.045 reales y hasta 10.000 para el defensivo de la rambla. La Junta puede disponer solamente de 3.000 reales, que están reservados a este fin, como resto que quedó de la gran cantidad que se dedicó a combatir el cólera morbo en aquella época triste, por lo que a esta Junta le faltan 7.000 reales que debe conseguir por todos los medios posibles atendida la necesidad, importancia e interés general del objeto.
Habría deseado cumplirlo, sin molestar la respetable atención de V.S.I., pero desesperanzada de ello ha acordado invitar a V.S.I. para que si tiene a bien contribuir con alguna cantidad, en justo obsequio a los despojos mortales verdaderamente abandonados; y en el supuesto indefectible de que desde ahora o cuando esté realizada la obra podrá elegir el terreno más proporcionado que le pareciere y disponerlo como quiera para la sepultura de sus capitulares.
Dios guarde a V.S.I. muchos años. Guadix 23 de Febrero de 1835
Firmado Ilmo. Sr. Joaquín Hernández
Ilmo. Sr. Presidente y Cabildo Catedral de esta ciudad
Junto con la petición de la Junta pro-cementerio he encontrado un borrador de la respuesta del Cabildo de la catedral.
“Nos hemos enterado por el oficio de V.S de 23 de Febrero último en que se sirve invitarnos a contribuir con la cantidad que tengamos a bien para ayuda a las costas de la cerca que se trata de hacer en el cementerio que provisionalmente se designó en las circunstancias angustiosas del aparecimiento del cólera morbo en esta ciudad.
En contestación a su escrito debemos decir a V.S. que jamás este Cabildo reusará sus sacrificios para objetos tan justamente atendidos e interesantes y más cuando se le hace por V.S. la oferta, que desde luego aceptamos, de que en su caso podremos elegir terreno en el cementerio y disponerlo para enterrar en él a los capitulares; pero constándonos de que por el Juzgado eclesiástico se activa expediente en justificación del estado de los fondos de las fábricas para contribuir a dichos gastos, suspendemos hasta su terminación el anunciar la suma de nuestro donativo que habrá de ser proporcionado al déficit que precisamente ha de resultar. Entretanto no podemos menos…..(aquí termina el borrador)
Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Guadix
Autor: José Rivera Tubilla

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