Denuncia por practicar la hechicería – Año 1.600

Denuncia por practicar la hechicería – Año 1.600

Según la RAE superstición es una creencia extraña a la fe religiosa y contraria a la razón. Las supersticiones nacen por la necesidad que tiene el ser humano de buscar una vía para conseguir lo que anhela y que de ordinario está fuera de su alcance por los medios normales que pueden proporcionarle la técnica o la ciencia de su tiempo. A través de la magia el ser humano de cualquier sociedad y de cualquier tiempo ha buscado superar las grandes adversidades como la enfermedad, la pobreza, la vejez, etc… La mentalidad mágica siempre ha coexistido con el ser humano y envolvía a toda la sociedad del Renacimiento sin distinción de sexo, edad, estamento social, ignorantes o cultos.

 

En la autoacusación que presenta Fray Luis de León, en la 1ª audiencia que tiene con los inquisidores de Valladolid alude a cómo un alumno le mostró un cartapacio en el que había “…algunas cosas curiosas y otras que tocaban a sigillos astrológicos y otras que claramente eran de cercos y invocaciones…” y aunque lo tomó como cosas de poco fundamento, sin embargo, no se resiste a la tentación de seguir las instrucciones del libro “…para ver la vanidad dél, probé un sigilo astrológico y en un poco de plomo que me dio el mismo licenciado, con un cuchillo pinté no me acuerdo qué rayas y dixe unas palabras que eran sanctas…”1

En la diócesis de Guadix cuando se inicia el siglo XVII, año 1600, se presenta una acusación contra Catalina López, doncella, vecina de Jérez del Marquesado, “porque sin ningún temor de Dios, con gran peligro de su ánima y conciencia, con menosprecio de nuestra santa religión cristiana y escándalo de toda la villa tiene por costumbre hacer ensalmos2 y supersticiones y tratar de ellos y sale de noche y hace cercos y otras señales y se pone dentro a hacer sus hechicerías y tiene por costumbre que cuando se pone el sol se pone de rodillas mirando a él y reza y hace conjuros siendo todo esto digno de castigo”.

Según algunos testigos la acusada el día de Jueves Santo, después de encerrado el Santísimo, tomó del plato, que estaba puesto junto a la cruz del monumento, uno o dos ochavos de la ofrenda, afirmando y publicando que era una cosa bendita y que tenía la virtud de que quien los llevara consigo en una nomina3 colgada al cuello se vería libre de enfermedades y tendría seguridad yendo por cualquier camino para que no le sucediera ninguna desgracia y se libraría de cualquier peligro y que “aunque tuvieran pendencias y se vieran entre cien espadas no les hicieran daño y salieran libres” y que no sólo lo decía sino que también se las había dado a muchas personas ignorantes para que se las pusieran en el pecho.

Otros testimonios aseguraban haber visto a Catalina salir de su casa la noche de la Candelaria, a eso de las nueve de la noche, con una vela y que hacía en el suelo tres cercos con rayas y en cada cerco dibujaba la señal de la cruz y hacía unos agujeros pequeños en la tierra. Otras veces la habían visto en la calle hincada de rodillas mirando hacia el sol, cuando se ponía, llorando, al tiempo que decía muchas palabras supersticiosas y hacía cercos y metida dentro hacía señales y caracteres de hechicera, conjuros y cosas prohibidas.

La defensa adujo que la denuncia que se había hecho contra Catalina por practicar la hechicería se debía al odio y envidia que algunas personas le tenían, que tomó las monedas del plato de las ofrendas porque había oído decir a algunas personas del pueblo que las monedas que se echaban en la cruz del monumento del Jueves Santo, por estar benditas, tenían la virtud de librar de enfermedades y preservar de peligros, pero que al salir de la iglesia las dio de limosna a una pobre que pedía a la puerta de la iglesia, que las rayas o cercos que había delante de la puerta de su casa las habían hecho unos niños el día antes para jugar, que si se hincaba de rodillas para rezar y encomendarse a Dios no se podía considerar cosa mala ni delito y que Catalina era “una mujer honrada, buena cristiana, temerosa de Dios y de su conciencia y de buena vida y fama hija de padres cristianos viejos, limpios sin raza ni mácula de judíos ni moros ni de otra mala ralea”

El tribunal eclesiástico la amonesta para que “de aquí en adelante viva honradamente como Dios nuestro Señor manda, que no use ni haga semejantes supersticiones ni rece hacia el sol como suele, que en presencia de las personas a quien dijo que la limosna del Jueves Santo es buena para ciertas cosas, dé satisfacción de que lo dicho no es ni pasa así, que no haga ni acostumbre a hacer semejantes cosas bajo pena que si no lo hiciera y cumpliera se procedería contra ella condenándola al pago de doce reales.

Fuente: Archivo Histórico Diocesano de Guadix

Autor: José Rivera Tubilla

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1 “Casadas, monjas, rameras y brujas. La olvidada historia de la mujer española en el Renacimiento”. Fdez. Álvarez, M.
2 Modo supersticioso de curar con oraciones y medicamentos empíricos
3 Antiguamente reliquia en que estaban escritos los nombres de algunos santos

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